29 de Diciembre de 2017   -   Categoría: Impuestos
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El Ayuntamiento de Cuenca bonifica un 5% de los impuestos por acogerse al Plan Fácil 9

El Ayuntamiento de Cuenca bonifica un 5% de los impuestos por acogerse al Plan Fácil 9

El pleno extraordinario del Ayuntamiento de Cuenca, celebrado el pasado 28 de diciembre, aprobó definitivamente incrementar las bonificaciones hasta el 5% para todos aquellos contribuyentes del municipio que opten por domiciliar los impuestos dentro del denominado Plan Fácil.

 

Aunque la aprobación inicial de la medida tuvo lugar el pasado mes de octubre, no ha sido hasta esta semana cuando el pleno ha dado el visto bueno definitivo a esta iniciativa que supone aumentar en dos puntos porcentuales el descuento, pasando del 3% al 5%.

 

Para beneficiarse de este ahorro, los ciudadanos deben unirse al Plan Fácil 9, un sistema especial de tributos que, como informa la web del Ayuntamiento, “permite el pago de forma fraccionada y mediante domiciliación bancaria de los principales tributos municipales”.

 

En 2018, los pagos se efectúan a lo largo de nueve meses, los días 5 de marzo, 5 de abril, 4 de mayo, 5 de junio, 5 de julio, 7 de agosto, 5 de septiembre, 5 de octubre y 30 de noviembre.

 

Los impuestos incluidos en el Plan Fácil son:

 

  • Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

 

  • Tasa por la recogida, transporte y tratamiento de residuos sólido urbanos.

 

  • Tasa por la entrada de vehículos a través de la vía pública.

 

  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica.

 

  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE) para las empresas.

 

  • Agua, alcantarillado y depuradora.

 

El plazo para presentar la solicitud para acogerse a este sistema de pago fraccionado en el ejercicio 2018 comienza el 2 de enero de 2018 y finaliza el 19 de febrero.

 

 

Fraccionamiento del IBI y del impuesto de circulación

 

El pleno municipal también ha aprobado diversas modificaciones que afectan a varias ordenanzas fiscales. Entre ellas se encuentran las relativas al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y al Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), conocido popularmente como impuesto de circulación.

 

En el primer caso, se ha admitido que las bonificaciones de las que disfrutan las familias numerosas se apliquen a la base liquidable del impuesto en lugar de al valor catastral del inmueble, como venía haciéndose hasta ahora. Además, se ha eliminado el recargo del 50% a las viviendas deshabitadas.

 

En relación con el impuesto de circulación, el pleno autorizó que, a partir de ahora, todos aquellos recibos de más de 100 euros puedan fraccionarse en dos pagos: uno del 60% del total en el mes de julio y el restante 40% en el mes de octubre.

 

Los cambios alcanzan también a las ordenanzas sobre suministro de agua, servicio de alcantarillado y depuradora. La modificación más relevante es que se ha añadido la responsabilidad subsidiaria del propietario de un inmueble alquilado cuando los inquilinos no paguen estos impuestos.

 

 

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