05 de Enero de 2017   -   Categoría: Impuestos
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Calendario fiscal 2017: cuándo debo pagar cada impuesto municipal

Calendario fiscal 2017: cuándo debo pagar cada impuesto municipal

Coincidiendo con el final de cada año, el Ayuntamiento de Cuenca publica en el Boletín Oficial de la Provincia el calendario fiscal para el nuevo ejercicio, un documento que  recoge los periodos de cobro para cada uno de los impuestos de competencia municipal.

 

 

Impuestos anuales

 

El primer pago al que deberemos hacer frente los conquenses será el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, conocido popularmente como impuesto de circulación. El plazo de pago voluntario será del 1 de marzo al 2 de mayo. Aquellos que lo tenga domiciliado el cargo en su cuenta se realizará el 3 de abril.

 

Del 2 de junio al 2 de agosto se deberán pagar los siguientes impuestos:

 

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Rústicos, Urbanos y de Características Especiales (IBI)
  • Tasa por el servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos urbanos.
  • Tasa por la entrada de vehículos a través de la vía pública.
  • Tasa por el aprovechamiento de suelo, subsuelo y vuelo de la vía pública.
  • Tasa por la instalación de quioscos en la vía pública.
  • Tasa por la ocupación del dominio público con cajeros y ventanas.

 

Los cargos en cuenta de estos impuestos y tasas se realizarán el 3 de julio. En el caso del IBI, se cargará un 60% del total, siempre y cuando no se haya solicitado el abono en un único plazo. El restante 40% se cobrará el 2 de octubre.

 

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) debe satisfacerse entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre. Quienes hayan optado por la domiciliación, esta se realizará el 2 de octubre.

 

 

Bonificaciones en el IBI y Plan Fácil 9

 

La Ordenanza Fiscal Nº1 del Ayuntamiento de Cuenca, que regula el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), abre la posibilidad a una bonificación de entre el 50% y el 70% para las familias numerosas, dependiendo del número de hijos. Entre los requisitos que han de cumplir quienes quieran beneficiarse de ella se encuentran el ser titular del inmueble, que este no tenga una valor catastral superior a los 100.000 euros o que los ingresos brutos anuales de la unidad familiar sean inferiores a los 60.000 euros.

 

Las solicitudes de esta bonificación deben presentarse antes del 28 de febrero en la Oficina Municipal de Recaudación (Plaza de la Constitución, 10).

 

Por otro lado, hasta el 17 de febrero puede solicitarse la adhesión a Plan Fácil 9, que permite el pago de los tributos de forma fraccionaria mediante la domiciliación bancaria de 9 recibos anuales.

 

En 2017, los cargos en la cuenta corriente se realizarán los siguientes días: 6 de marzo, 5 de abril, 5 de mayo, 5 de junio, 5 de julio, 7 de agosto, 5 de septiembre, 5 de octubre y 30 de noviembre.

 

En cuanto a los impuestos que se pueden incluir en este forma de pago son los siguientes:

  • Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
  • Tasa por recogida, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos.
  • Tasa por entrada de vehículos a través de la vía pública
  • Impuesto de vehículos de tracción mecánica.
  • Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

 

Las solicitudes de adhesión al Plan Fácil 9 también deben presentarse en la Oficina Municipal de Recaudación. Este sistema tiene un beneficio añadido: incluye una bonificación del 3%

 

 

Pagos por el Ciclo Integral del Agua

 

Además de los mencionados tributos, los conquenses tendremos que hacer frente en este 2017 a dos recibos relacionados con el consumo y la prestación del servicio de abastecimiento y recogida de aguas. Hasta ahora, el pago se realizaba trimestralmente, pero a partir de este ejercicio se facturará semestralmente

 

Así, en febrero, se pasará al cobro el cuatro trimestre de 2016, mientras que en agosto se hará lo propio con el primer semestre. Para los recibos domiciliados los cargos se efectuarán el 6 de febrero y el 4 de septiembre.

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